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Gestión en Salud y Seguridad Social • ISSN: 2215-6216 • Vol. 5 (S1): e2026253, Agosto, 2026
(Publicado Ago. 10, 2026)
Autonomía y vulnerabilidad: dilemas éticos en la donación renal
en contexto de privación de libertad
Autonomy and vulnerability: ethical dilemmas in kidney donation within
the context of deprivation of liberty
Mariana Torres Corrales1; https://orcid.org/0009-0009-9073-9362
1. Trabajadora Social, Hospital México, Caja Costarricense de Seguro Social; San José, Costa Rica; mtorreco@ccss.sa.cr
https://doi.org/10.62999/msb0j962
Un candidato a trasplante renal tenía a un familiar cer-
cano como potencial donante vivo. Este posible donante fue
valorado de manera interdisciplinaria conforme a los proto-
colos institucionales establecidos para donación renal.
Cuando el proceso preliminar de estudios estaba próxi-
mo a concluir para su presentación ante el equipo técnico co-
rrespondiente, el potencial donante fue privado de libertad
en el marco de un proceso penal. Esta situación generó nue-
vas interrogantes éticas, clínicas, sociales y logísticas sobre la
viabilidad de continuar con el proceso de donación.
El caso fue analizado por el equipo de trasplante, que re-
comendó remitirlo al Comité de Bioética del centro de salud.
Dicho Comité emitió recomendaciones orientadas a valorar
el caso de forma individualizada, señalando que la condición
de privación de libertad no constituye, por sí misma, una con-
traindicación ética absoluta para considerar a una persona
como donante.
Posteriormente, el caso fue presentado de nuevo ante el
equipo técnico. A pesar del criterio emitido por el Comité de
Bioética, surgieron dudas sobre la autenticidad y la libertad
del consentimiento, aun cuando el potencial donante había
sido previamente evaluado por profesionales de psicología,
psiquiatría y trabajo social.
Entre las preocupaciones planteadas se encontraban la
posibilidad de presiones internas o externas en el entorno
penitenciario, la eventual existencia de beneficios secunda-
rios asociados a la donación, y las dificultades para garantizar
condiciones adecuadas de seguimiento médico y recupera-
ción postoperatoria.
Asimismo, se discutió si la participación de una persona
privada de libertad en un proceso de donación podía expo-
ner al sistema de salud a cuestionamientos éticos o legales,
considerando la especial vulnerabilidad de esta población y
el deber institucional de prevenir cualquier forma de coac-
ción, instrumentalización o trato desigual.
El caso evidenció una tensión bioética compleja: por un
lado, la necesidad de proteger a una persona en condición
de vulnerabilidad frente a posibles presiones; y por otro, el
riesgo de negar su capacidad de decisión únicamente por
su condición jurídica, lo que podría derivar en una forma de
discriminación.
Análisis bioético
Autonomía
La privación de libertad no anula automáticamente la
capacidad de una persona de tomar decisiones sobre su sa-
lud o su cuerpo. Sin embargo, en contextos de encierro, la
autonomía debe evaluarse con especial cuidado, garantizan-
do que la decisión sea libre, informada, reiterada y exenta
de coacción.
En este tipo de casos, resulta indispensable verificar que
el consentimiento no esté condicionado por presiones fami-
liares, institucionales, penitenciarias, económicas, emociona-
les o por expectativas de beneficios secundarios.
Benecencia
El trasplante renal podría representar una mejora signi-
ficativa en la calidad de vida de la persona receptora. Tam-
bién podría tener un significado personal importante para el
potencial donante, al permitirle expresar solidaridad, vínculo
familiar y sentido de propósito.
No obstante, la beneficencia debe valorarse de forma
integral, considerando tanto el beneficio para la persona
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Gestión en Salud y Seguridad Social • ISSN: 2215-6216 • Vol. 5 (S1): e2026253, Agosto, 2026
(Publicado Ago. 10, 2026)
receptora como la protección de la salud física, emocional y
social del potencial donante.
No malecencia
El principio de no maleficencia exige evitar daños preve-
nibles. En la donación en vida esto implica garantizar que el
procedimiento sea médicamente seguro, que el seguimiento
postoperatorio sea viable y que existan condiciones adecua-
das para la recuperación.
Cuando la persona potencial donante se encuentra
privada de libertad, deben analizarse cuidadosamente las
posibilidades reales de traslado, custodia, recuperación, se-
guimiento clínico, continuidad de cuidados y coordinación
interinstitucional.
De tal forma, la eventual participación de una persona
privada de libertad no debe descartarse de forma automáti-
ca, pero sí requiere de controles reforzados para proteger su
integridad, dignidad y seguridad.
Justicia
Negar la posibilidad de donación únicamente por la con-
dición de privación de libertad podría constituir una forma de
trato desigual. Las personas privadas de libertad conservan
derechos fundamentales, salvo aquellos estrictamente limi-
tados por la medida judicial correspondiente.
Desde el principio de justicia, el caso debe valorarse sin
prejuicios ni estigmas, atendiendo a criterios médicos, éticos,
psicosociales y legales individualizados. La condición jurídica
de la persona no debería sustituir el análisis de su capacidad,
voluntad, idoneidad clínica y condiciones de seguridad.
Al mismo tiempo, la justicia exige proteger especialmen-
te a las poblaciones vulnerables, evitando que su situación
pueda ser utilizada de manera indebida o que se generen es-
cenarios de presión o instrumentalización.
Reexión nal
Desde una perspectiva bioética, no existe un impedi-
mento ético absoluto para que una persona privada de liber-
tad sea valorada como potencial donante de órganos en vida.
Sin embargo, dicha posibilidad exige un análisis riguroso, in-
dividualizado y reforzado, orientado a garantizar la autono-
mía, la seguridad médica, la justicia, la ausencia de coacción y
la protección de la dignidad humana.
El Comité de Bioética cumple un papel fundamental
como instancia deliberativa y garante de principios, espe-
cialmente cuando existen tensiones entre la protección de
personas vulnerables y el respeto de su capacidad de decidir.
Este caso recuerda que la bioética no debe basarse en es-
tigmas ni en generalizaciones, sino en el análisis prudente de
cada situación. Proteger a una persona vulnerable no debe
significar anular su voz; y respetar su autonomía no debe su-
poner dejar de verificar cuidadosamente las condiciones en
que esa autonomía se ejerce.
Nota editorial
Relato anonimizado para fines reflexivos y educativos.
Se generalizaron nombres, delito específico, centro de salud,
equipos intervinientes y otros elementos contextuales para
reducir el riesgo de identificación directa o indirecta de las
personas involucradas.