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Gestión en Salud y Seguridad Social • ISSN: 2215-6216 • Vol. 3 (1): e204, Enero-Diciembre, 2024
(Publicado Mar. 12, 2024)
representado como un promedio simple o como un rango de 
los precios de las ofertas elegibles en cada procedimiento. 
Además, se pueden utilizar los precios del mercado obteni-
dos en sondeos previos, así como los precios pagados recien-
temente por la misma u otra institución a nivel nacional.
Los precios de referencia más utilizados para determinar 
la razonabilidad de precios son los precios de mercado ac-
tuales y los precios históricos (los cuales se deben actualizar 
a la fecha de interés). Pero ¿qué sucede en aquellos proce-
dimientos en los que no se logran conseguir estos precios 
de referencia? Es posible que por la complejidad del objeto 
contractual u otra condición del mercado del bien o servicio, 
se deba consultar a nivel internacional, ya sea en bases de da-
tos de organismos internacionales o en instituciones públicas 
(preferiblemente) de otros países de la región y del mundo; 
en este caso, la referencia correspondería a precios interna-
cionales. Sin embargo, su uso trae consigo una dificultad rela-
cionada con la comparación de los precios obtenidos, y es el 
cómo transferir ese precio al contexto del país, para que téc-
nicamente sea comparable y permita brindar un criterio obje-
tivo sobre la razonabilidad del precio que se está evaluando.
Ante esta situación, se recomienda utilizar un indicador 
de comparación internacional, conocido como “paridad de 
poder adquisitiva” o PPA (PPP por sus siglas en inglés - Pur-
chasing Power Parity-), que muestra la relación de los precios 
en unidades de moneda local de los mismos bienes y servi-
cios en diferentes países (2); dicho en otras palabras y bajo 
nuestro contexto, representa la cantidad de colones que se 
necesitan para comprar la misma cantidad de bienes y ser-
vicios en el mercado nacional como un dólar lo hace en el 
mercado estadounidense. Esta información es compilada por 
el Banco Mundial en su International Comparison Program, 
y organizaciones como el Fondo Monetario Internacional 
(FMI) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo 
Económicos (OCDE) la utilizan para construir indicadores 
comparativos entre países en temas relevantes como salud 
y educación. 
Paridad de poder adquisitiva y estudio  
de razonabilidad de precios
De tal forma, este indicador podría ser utilizado para 
contextualizar los precios internacionales de referencia en 
los estudios de razonabilidad de precios. Específicamente, 
en la práctica se utiliza la tasa de conversión implícita de 
PPA (Implied PPP conversión rate1), la cual se encuentra dis-
ponible en el siguiente enlace del World Economic Outlook 
1.  Su construcción se basa en los precios relativos de una gran cantidad 
de bienes y servicios que son estrictamente comparables; se supone 
que se aproxima al tipo de cambio del mercado cuando hay condicio-
nes de perfecta movilidad de bienes y servicios que se transan en el 
comercio internacional.
Database:  https://www.imf.org/en/Publications/WEO/weo-
database/2023/April/select-countries?grp=2001&sg=All%20
countries.
Esta tasa expresa la conversión de la moneda nacional 
a dólar internacional; esta conversión representa la “cesta de 
bienes y servicios” de referencia con la cual se construye la 
tasa de conversión PPA para cada país, obteniendo un tipo de 
cambio basado en una cesta común, que permite comparar 
precios entre países.
A continuación, se muestra un ejemplo de cómo utilizar 
la PPA en un estudio de razonabilidad de precios: 
Contexto
Se debe razonar un precio ofertado en colones, en el año 
2020. Se cuenta con un único precio de referencia obtenido 
de una contratación efectuada por una institución pública de 
México ese mismo año; en este caso, el precio está expresado 
en pesos mexicanos (precio internacional). Al margen de la 
comparabilidad entre el contexto de los países, instituciones 
y modelos de contratación, se supone que existe similitud en-
tre ambos países y que los bienes son similares.
Ecuaciones
En este caso, la ecuación que se debe emplear es:
En donde el Precio CRC es el precio de referencia conver-
tido a colones ajustado por PPA; el Precio MXN es el precio 
de referencia obtenido en pesos mexicanos (precio original 
de la referencia); la tasa PPA MXN es la tasa de conversión im-
plícita de PPA entre el peso mexicano (moneda original de 
la referencia) y un dólar internacional; y la tasa PPA CRC es la 
tasa de conversión implícita de PPA entre el colón (moneda 
de interés) y un dólar internacional. 
De esta forma se puede obtener un precio de referencia 
de una contratación de otro país, en nuestro ejemplo de Mé-
xico, y convertirlo a colones ajustado por la PPA. 
La simpleza de esta ecuación supone que el precio 
original de la referencia es del mismo año que los precios 
ofertados; esto lleva a cuestionarse qué pasaría si el precio 
internacional de referencia es de otro año. Este problema en 
la temporalidad de los precios se puede corregir agregando a 
la ecuación anterior el factor de ajuste por inflación en el país 
de origen de la referencia, medido por el deflactor implícito 
del PIB, tal como se muestra a continuación: