El 21 de setiembre de 1995,
la Presidencia Ejecutiva de la CCSS dispuso la integración de un
órgano especial de asesoría
denominado "Comisión
Técnico Jurídica de la CCSS" Esa comisión nació
con el propósito de que la actualización del
ordenamiento jurídico
institucional guarde armonía con el proceso de reforma de la Institución.
En su aspecto central, la idea
obedece al propósito
de que cualquier reforma de orden reglamentario se disponga siguiéndose
un procedimiento de
ensamblaje de esa norma
con todas las demás, de modo que se garantice la unidad reglamentaria,
y su consecuente
congruencia y plenitud.
El trabajo de la Comisión,
bajo la coordinación de la Dirección Jurídica, en
su primer año de trabajo ha sido real mente pródigo.
Se analizó, entre
otros, el Proyecto de Reglamento para el Régimen del Seguro Voluntario,
una reforma al artículo 4° del
reglamento del Seguro de
Invalidez Vejez y Muerte, el Reglamento de Campos Clínicos, el Reglamento
de Beneficios para
Estudios, el Reglamento
del Fondo de Retiro, el Reglamento del Fondo de Ahorro y Préstamo,
el Reglamento del Seguro de
Salud y otros.
Este último instrumento
normativo reviste importancia y características particulares. En
su elaboración inicial participó un
distinguidísimo grupo
de funcionarios, expertos cada uno en su área. Entre ellos el De
Mario León Barth, Director de la
Dirección Técnica
de Servicio de Salud; el Lic. Guillermo López Vargas, Actuario de
la Dirección Actuarial y Planificación
Económica; el De
Reinaldo Buján Arias, Director de la Dirección de Calificación
de la Invalidez; el Lic. Leonidas Martínez
Vargas, Director de la Dirección
de Sistemas Administrativos; y el Lic. Eduardo Blanco Rodríguez,
Director de la Dirección de
Servicios Institucionales.
La revisión final contó además con la participación
activa de la Dra. Adelina Brenes Blanco, Directora
de Trabajo Social; el Lic.
Oscar Vargas Murillo, Economista de la Dirección Actuarial y de
Planificación Económica; el Lic.
Marco A. Segura Quesada,
Jefe de Verificación de Derechos del Hospital Calderón Guardia;
el Lic. Sergio Salazar Chavarria,
Jefe de la Sección
de Estudios Especiales del Departamento de Inspección; y la Ing.
Patricia Ramírez Barrantes, Gerente del
Proyecto de Modernización.
Al nivel de la Comisión
Técnico Jurídica, se recibió el aporte adicional de
los licenciados Marianita Dormond Sáenz, Directora
Area de Prestaciones; Virya
Miranda Jiménez, Directora Financiera de la Gerencia de Pensiones;
Odilie Arias Jiménez,
Directora de Inspección
y Cobros; Alvaro Blanco Brenes, Asistente de la Presidencia Ejecutiva,
y quien suscribe, Oscar Arias
Valverde, Director Jurídico
y Coordinador, de la Comisión.
Se puede entonces afirmar
que el reglamento recoge y compendia una excepcional cantera de pensamiento
y de experiencia.
El nuevo Reglamento del
Seguro de Salud, que viene a sustituir al Reglamento del Seguro de Enfermedad
y Maternidad, tiene
una clarisima visión
de futuro, al pretender adelantarse a algunas necesidades sugeridas por
el proceso de modernización
institucional, concretamente
en lo tocante al nuevo concepto de atención en salud.
Por primera vez en un instrumento
de este tipo se incluyen principios de gran importancia como el de universalidad
del seguro,
el de integridad y, en forma
novedosa, el principio de participación social.
La cuestión de la
universalización ofreció un problema no fácil de superar
en el actual momento jurídico, fundamentalmente por
la circunstancia de que,
aunque aquel principio está consagrado en el artículo 177
constitucional, la legislación positiva aún no
lo ha desarrollado. Hoy
día es muy difícil conciliar la universalidad con la voluntariedad
en el aseguramiento de algunos
sectores como el de los
trabajadores por cuenta propia y el sector informal.
El nuevo Reglamento de Seguro
de Salud rige desde el primero de enero de 1997. Se anuncia desde ahora
su inclusión
completa en el próximo
número de esta revista.
Oscar Arias Valverde