El
21 de setiembre de 1995, la Presidencia Ejecutiva de la CCSS dispuso la
integración de un órgano especial de asesoría
denominado
"Comisión Técnico Jurídica de la CCSS" Esa comisión
nació con el propósito de que la actualización del
ordenamiento
jurídico institucional guarde armonía con el proceso de reforma
de la Institución. En su aspecto central, la idea
obedece
al propósito de que cualquier reforma de orden reglamentario se
disponga siguiéndose un procedimiento de
ensamblaje
de esa norma con todas las demás, de modo que se garantice la unidad
reglamentaria, y su consecuente
congruencia
y plenitud.
El
trabajo de la Comisión, bajo la coordinación de la Dirección
Jurídica, en su primer año de trabajo ha sido real mente
pródigo.
Se
analizó, entre otros, el Proyecto de Reglamento para el Régimen
del Seguro Voluntario, una reforma al artículo 4° del
reglamento
del Seguro de Invalidez Vejez y Muerte, el Reglamento de Campos Clínicos,
el Reglamento de Beneficios para
Estudios,
el Reglamento del Fondo de Retiro, el Reglamento del Fondo de Ahorro y
Préstamo, el Reglamento del Seguro de
Salud
y otros.
Este
último instrumento normativo reviste importancia y características
particulares. En su elaboración inicial participó un
distinguidísimo
grupo de funcionarios, expertos cada uno en su área. Entre ellos
el De Mario León Barth, Director de la
Dirección
Técnica de Servicio de Salud; el Lic. Guillermo López Vargas,
Actuario de la Dirección Actuarial y Planificación
Económica;
el De Reinaldo Buján Arias, Director de la Dirección de Calificación
de la Invalidez; el Lic. Leonidas Martínez
Vargas,
Director de la Dirección de Sistemas Administrativos; y el Lic.
Eduardo Blanco Rodríguez, Director de la Dirección de
Servicios
Institucionales. La revisión final contó además con
la participación activa de la Dra. Adelina Brenes Blanco, Directora
de
Trabajo Social; el Lic. Oscar Vargas Murillo, Economista de la Dirección
Actuarial y de Planificación Económica; el Lic.
Marco
A. Segura Quesada, Jefe de Verificación de Derechos del Hospital
Calderón Guardia; el Lic. Sergio Salazar Chavarria,
Jefe
de la Sección de Estudios Especiales del Departamento de Inspección;
y la Ing. Patricia Ramírez Barrantes, Gerente del
Proyecto
de Modernización.
Al
nivel de la Comisión Técnico Jurídica, se recibió
el aporte adicional de los licenciados Marianita Dormond Sáenz,
Directora
Area
de Prestaciones; Virya Miranda Jiménez, Directora Financiera de
la Gerencia de Pensiones; Odilie Arias Jiménez,
Directora
de Inspección y Cobros; Alvaro Blanco Brenes, Asistente de la Presidencia
Ejecutiva, y quien suscribe, Oscar Arias
Valverde,
Director Jurídico y Coordinador, de la Comisión.
Se
puede entonces afirmar que el reglamento recoge y compendia una excepcional
cantera de pensamiento y de experiencia.
El
nuevo Reglamento del Seguro de Salud, que viene a sustituir al Reglamento
del Seguro de Enfermedad y Maternidad, tiene
una
clarisima visión de futuro, al pretender adelantarse a algunas necesidades
sugeridas por el proceso de modernización
institucional,
concretamente en lo tocante al nuevo concepto de atención en salud.
Por
primera vez en un instrumento de este tipo se incluyen principios de gran
importancia como el de universalidad del seguro,
el
de integridad y, en forma novedosa, el principio de participación
social.
La
cuestión de la universalización ofreció un problema
no fácil de superar en el actual momento jurídico, fundamentalmente
por
la
circunstancia de que, aunque aquel principio está consagrado en
el artículo 177 constitucional, la legislación positiva aún
no
lo
ha desarrollado. Hoy día es muy difícil conciliar la universalidad
con la voluntariedad en el aseguramiento de algunos
sectores
como el de los trabajadores por cuenta propia y el sector informal.
El
nuevo Reglamento de Seguro de Salud rige desde el primero de enero de 1997.
Se anuncia desde ahora su inclusión
completa
en el próximo número de esta revista.
Oscar
Arias Valverde