TRASLADO DE FUNCIONARIO
POTESTAD DE LA CAJA
IUS VARIANDI
FUNCIONES DE HECHO

Recurso de amparo de A.B.A. a favor de O.S.H. contra el Director Regional de la Caja Costarricense de Seguro Social en Limón
Expediente No.00-008221-0007-CO
Resolución No.2000-10010 de las 8:41 horas del 10 de noviembre de 2000
Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia
 

El señor O.S.H., quien laboraba en la Dirección Regional de Sucursales Huetar Atlántica, presentó Recurso de Amparo en contra del Director Regional, por considerar que se había violentado sus derechos al trasladarlo a la Sucursal de Limón. A ese efecto indica que fue separado de sus funciones como coordinador regional de pensiones.

Mediante resolución No.2000-10010, dictada por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia a las 8:41 horas del 10 de noviembre de 2000, se declaró sin lugar la solicitud de amparo. Respecto de lo alegado por el recurrente en cuanto a la coordinación del área de pensiones, es criterio de la Sala que se trata de una "función de hecho y no propia del puesto". En cuanto a la facultad de traslado que posee la Caja, reitera lo manifestado en el sentido de que puede aplicarse siempre y cuando no se vulnere los derechos del trabajador y se motive la necesidad del mismo. Sobre el caso concreto, agrega lo siguiente:

[...] En ese sentido al analizar el presente asunto no se observa que el traslado dispuesto por la autoridad recurrida, haya producido al recurrente violación a derecho fundamental alguno, toda vez que no implica una modificación sustancial de las circunstancias de tiempo y lugar en que se desempeña, ni implica una degradación en las funciones que cumple a su cargo, ya que como del propio libelo se desprende, el traslado se da dentro de una misma área geográfica, en el cual gozará el amparado de igual estipendio y no tiene el efecto de causarle ningún menoscabo en su salario, horario de trabajo, puesto, ni funciones propias del cargo, por lo que toda objeción respecto de la medida deberá hacerla en la vía administrativa o en la vía laboral correspondiente [...]