VACACIONES PROFILÁCTICAS

Oficio D.J.-0782-01 del 1 de marzo de 2001
Asunto: Vacaciones profilácticas. Son incompensables
Consultante: Administración, Clínica Dr. Solón Núñez
Informante: Consejo Asesor de la Dirección Jurídica Corporativa

El Consejo Asesor de esta Dirección Jurídica, en su sesión No.955-2001, celebrada el 27 de febrero de 2001, conoció su oficio AD-058-2001 del 21 de febrero de 2001. Al respecto acordó lo siguiente:

ARTÍCULO SEGUNDO: Se conoce oficio No. AD-058-2001 del 21 de febrero del 2001, proveniente de la Administración de la Clínica Dr. Solón Núñez, mediante el cual solicita criterio referente a la posibilidad legal de cancelar vacaciones profilácticas, considerando que los derechos de los trabajadores son irrenunciables.

Deliberado el asunto, el Consejo Asesor se pronuncia así:

Entendiendo que además de las vacaciones ordinarias la Caja, en algunos casos, otorga también vacaciones con fines preventivos o de profilaxis a los funcionarios que laboren en relación directa y permanente con pacientes, aparatos, sustancias o materiales susceptibles de dañar gravemente la salud; debe considerarse que las vacaciones profilácticas  son incompensables por su propia naturaleza, salvo que se trate de la terminación del contrato de trabajo, caso en el cual procedería su pago.

En cuanto al cálculo de las vacaciones profilácticas, se reitera el criterio de este Consejo Asesor comunicado en oficio DJ-0613-2001 del 19 de febrero de este año.